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Cuarto Distrito de Florida Examina el Alcance de la Regla de Objetos Extraños en Negligencia Médica

La negligencia de responsabilidad se basa, fundamentalmente, en la expectativa de que la gente debe ejercer un cuidado de sus acciones, cuando tales acciones tienen el potencial de causar daño a otro. Aunque los tribunales desempeñan el papel principal en la definición del alcance de la “negligencia”, las legislaturas también participan activamente en la definición del alcance de un cuidado razonable. Por ejemplo, la ley de Florida establece que “el descubrimiento de la presencia de un cuerpo extraño. . . comúnmente utilizado en cirugía, examen, o procedimientos de diagnóstico, será evidencia primaria de negligencia. . . . § 766.102(3)(b), Fla. Stat. (2011). De conformidad con esta norma, los tribunales colocarán la carga sobre un acusado en los casos en que un demandante ha establecido que un objeto extraño se quedó en él o ella. Teniendo en cuenta la condición de la carga, el establecimiento de la presencia de un cuerpo extraño puede tener un impacto significativo en los litigios de negligencia médica, y los litigantes pueden luchar sobre la aplicabilidad de la norma a los temas presentados en su caso. La dinámica de la aplicación de las reglas fueron abordados recientemente en una decisión del Juzgado de Apelaciones del Cuarto Distrito, Dockswell v. Bethesda Memorial Hospital, Inc.

El demandante Dockswell había sido ingresado en el hospital demandado para la cirugía. El procedimiento incluye la colocación de un tubo para drenar. Una enfermera entró al día siguiente para retirar el tubo, y el demandante estaba consciente en este momento. El demandante vio a la enfermera quitar el tubo y no sintió ninguna molestia inmediata. Sin embargo, una sección de 4.25 pulgadas del tubo, fue inadvertidamente dejada dentro del demandante. Cuatro meses más tarde, después de que el demandante se quejó de un dolor continuo en la región donde se dejó de la sección del tubo, una tomografía computarizada reveló la presencia del tubo, que se eliminó durante una cirugía subsecuente. El demandante presentó entonces la demanda por negligencia médica, y las partes presentaron prueba pericial contradictoria, sobre si la enfermera cumplió con la norma aplicable de la atención adecuada. Durante una conferencia de cargo previo al juicio, el demandante solicitó la inclusión de un jurado de instrucción basado en la regla de objeto extraño. El tribunal de primera instancia denegó la instrucción requerida, encontrando que el demandante tuvo que presentar una prueba directa de la negligencia porque la norma de objeto extraño, se limita a situaciones en las que el demandante esta incierto acerca de la persona responsable de la negligencia. El jurado finalmente emitió un veredicto favorable para el acusado, y el demandante apeló, argumentando que el tribunal de primera instancia erró al negar el jurado su instrucción de objeto extraño.

El Tribunal de Apelación del Cuarto Distrito, sin embargo, afirmó el fallo del tribunal de primera instancia. En general, la negación de un tribunal de primera instancia de una instrucción de jurado se constituirá reversible cuando “(1) la instrucción solicitada indica con precisión la ley, (2) los hechos en el caso apoyan la entrega de la instrucción, y (3) la instrucción era necesario para permitir que el jurado pueda resolver adecuadamente los problemas en el caso”. Florio v. Eng, 879 So. 2d 678, 680 (Fla. 4th DCA 2004). El Cuarto Distrito comenzó señalando que el § 766.102 fue la codificación de una presunción  res ipsa loquitur  de acciones de negligencia médica. Res ipsa loquitur generalmente se ha limitado a situaciones en las que el demandante es incapaz de conocer el origen de la lesión. En el contexto de negligencia médica, esto generalmente se encuentra cuando un demandante está inconsciente durante un procedimiento, y se despierta para descubrir una lesión inexplicable que no podría haber ocurrido, solo por la negligencia de alguna otra parte. En consecuencia, el demandante no tendrá derecho a la instrucción del jurado cuando él “no estaba inconsciente cuando se produjo la lesión, no había ningún misterio en cuanto a cómo ocurrió la lesión, y sólo había un acusado posiblemente culposo”, y así ” fue capaz de aportar la prueba directa suficiente de negligencia”. McDonald v. Med. Imaging Ctr. of Boca Raton, 662 So. 2d 733, 735 (Fla. 4th DCA 1995).

En cuanto a este caso, el Cuarto Distrito señaló que el demandante estaba consciente en el momento de la lesión, y su esposa también estaba presente en la sala cuando se produjo la lesión. En consecuencia, el demandante sería capaz de presentar evidencia directa de la negligencia y por tanto no tenía derecho a una instrucción de jurado predicada sobre los principios de res ipsa loquitur. En efecto, el demandante aportó evidencia directa de la negligencia que el jurado consideró. Por lo tanto, no se pudo demostrar que los hechos del caso apoyaron para proporcionar la instrucción al jurado. El demandante tenía dos pretensiones distintas, pero el Cuarto Distrito señaló que, aunque la instrucción podría plausiblemente haber estado relacionado con una de las reivindicaciones subyacentes, el demandante no logró preservar la cuestión, al no proporcionar instrucciones alternativas al tribunal de primera instancia, como el juicio lo había solicitado.

Aunque las reglas como la norma de objeto extraño se diseñan para facilitar cierta carga de la prueba para los demandantes, demuestra que la negligencia médica es siempre una empresa involucrada. De hecho, las acciones de negligencia médica tienen muchas normas probatorias y avisos particulares, y alguien que ha sido herido en un caso de negligencia médica, debe considerar un abogado con experiencia para la búsqueda de los matices de la negligencia médica. Los abogados Frankl Kominsky del Sur de Florida, conocedores de negligencia médica , tienen una experiencia considerable para litigar en nombre de los pacientes , y están preparados para proporcionar la defensa celosa de su caso. Si usted cree que tiene una posible reclamación, y le gustaría saber más acerca de su opción, no dude en ponerse en contacto con nosotros para una consulta gratuita.

 

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