Aunque iniciar una demanda debe ser esencialmente lo mismo, independientemente de la materia implicada, muchos tipos de casos requieren que el demandante participe en procedimientos especializados o arriesgarse a que sus reclamaciones se pierdan. Entre los más importantes de estos procedimientos especializados en la Florida, es el aviso de pre-demanda y el esquema de investigación para casos de negligencia médica proporcionados por la Sección 766.106 de los Estatutos de la Florida. Este proceso de notificación e investigación, es objeto de una reciente decisión del Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito de Florida , Salazar v. Coello.
Para proporcionar antecedentes, la Sección 766.106 requiere que un demandante con una demanda por negligencia médica putativa, realice una investigación previa al juicio, después de que él o ella deba, antes de presentar una queja, notifique a cada uno de los acusados potenciales, su intención de iniciar un litigio . La ley también requiere que el demandante proporcione, en su caso, una lista de lo siguiente, junto con el aviso: 1) todos los proveedores de atención médica que el demandante ha visto por las lesiones de las que él o ella se ha quejado con posterioridad al supuesto acto de negligencia médica ; 2) todos los proveedores de atención médica que el demandante ha visto en los dos años anteriores al supuesto acto de negligencia;3) copias de todos los registros médicos que el perito proporciona como una declaración jurada en apoyo de la pretensión del demandante; y 4) un formulario de autorización estandarizado. La Demanda no se puede presentar durante 90 días después de la entrega de este aviso, y durante este período de 90 días, el acusado o su aseguradora, se supone debe llevar a cabo una revisión de la demanda, y determinar la posible responsabilidad. Es importante destacar que durante este periodo de investigación de 90 días, el estatuto de limitaciones se suspende para todos los potenciales demandados. Continue reading